Publicado por Gomez Oviedo el 30 Apr a las 2:15 PM

Cuáles son los horarios permitidos para hacer obras en Madrid

Antes de hacer obras en casa debemos tener claro el tipo de cambios que queremos hacer para tramitar la licencia correspondiente, pero tampoco podemos olvidarnos de que existen ciertas horas a las que no está permitido hacer ruido. Desde Gómez Oviedo te explicamos qué normativa rige el horario de obras, tanto de lunes a viernes como los fines de semana, así como los decibelios permitidos en cada caso.

Normativa sobre el horario de obras

En Madrid es el Ayuntamiento el encargo de regular el horario de obras. En este caso, todo lo relativo a los ruidos viene recogido en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica. En el artículo 42 de esta ordenanza se dispone que las obras y trabajos de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras no se pueden realizar de lunes a viernes entre las 22:00 y las 07:00 horas. Esto quiere decir que podemos realizar obras durante las 15 horas restantes del día.

En el caso de que no pudieras realizar tus obras en este tramo horario tendrías que pedir permiso previamente. ¿Cómo? Rellenando una solicitud.

La normativa de ruidos por obras también recoge que aunque se respete el horario siempre se deberá reducir el nivel de ruido al máximo y que la maquinaria empleada tendrá que estar sujeta a las prescripciones del Real Decreto 212/2002 por el que se regulan las emisiones sonoras.

Normativas por obras en fin de semana

La normativa de ruidos por obras también se aplica a los fines de semana, aunque de forma diferente. Los sábados, domingos y festivos no se podrá hacer ruido entre las 22:00 y las 9:00 horas. Esto significa que durante los días de descanso deberemos dejar dos horas más de margen por las mañanas y que por tanto, el tiempo total que podremos dedicar a las reformas serán 13 horas.

Normativa de ruidos

El nivel de ruido por obras que se puede realizar varía en función de si se va a transmitir a locales colindantes o a la calle. Además, también cambia según la franja horaria en la que tengamos pensado realizar la reforma. El período diurno comprende entre las 7:00 y las 19:00 horas; el de tarde, entre las 19:00 y las 23:00 horas; y por último, el nocturno abarca de las 23:00 a las 7:00 horas. Todos los detalles pueden consultarse en la ordenanza municipal.

En ella también se recoge que todo ruido debe respetar las normas de la convivencia, de manera que no causen molestias ni perturben a los vecinos. Esto solo se puede romper en caso de que se presente una solicitud y el Ayuntamiento autorice la superación de los límites de emisión acústica.

En Gómez Oviedo estamos comprometidos con el respeto a la normativa que regula el horario de ruidos por obras. Si necesitas cualquier tipo de maquinaria para poder llevar a cabo tus reformas, cuenta con nosotros. Para alquilarla solo tienes que acceder a nuestra página web, seleccionar las fechas en la que vas a hacer uso de ellas y elegir si quieres recogerla en tienda o que te la llevemos a casa. ¡Así de fácil!

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